domingo, 18 de julio de 2010

Presionan a Paycueros por el despido de 73 empleados

Consecuencia. La empresa perdió el 70% de su producción
S. KANOVICH Y R. MERNIES

El conflicto sindical instalado en Paycueros podría extenderse a todo el sector si la empresa no retoma a los 73 empleados despedidos el viernes. Técnicos estiman que las medidas significan pérdidas cercanas al 70%.

Fuentes de la empresa sanducera que prefirieron el anonimato informaron que los paros de media hora por cada hora de trabajo (que a su entender violan los convenios firmados en 2008) afectaron los niveles de productividad y ocasionaron incumplimientos.

Ante esta situación, la casa matriz, Sadesa (que tiene plantas en Argentina, Paraguay, Uruguay, Tailandia y China), constató el bajón productivo y reprogramó la planilla de exigencias. "Lamentablemente tuvimos que prescindir de estos trabajadores porque ahora nos exigen menos producción. Sus propias medidas les jugaron una mala pasada", dijo una alta fuente de la empresa.

Las medidas podrían extenderse a todo el sector si la empresa no da marcha atrás en su decisión, comunicó a El País el presidente de la Unión de Trabajadores de Paycueros (UTP), Daniel Pagano.

Los 73 empleados despedidos son parte de los 138 enviados a seguro de desempleo a fines de junio, diez días después de que el sindicato instalara medidas de fuerza por considerar que el servicio de limpieza (a cargo de una empresa especializada), merecía el mismo nivel de aumento salarial.

Algunos técnicos especializados del sector (no vinculados a Paycueros) explicaron que como los sistemas de producción de la planta se basan en la continuidad, cada paro supone que todo comience de cero, por lo que en este caso el perjuicio estaría cercano al 70%.

Los trabajadores sostienen que se trata de un nuevo ataque a la organización sindical.

"Se había instalado una mesa de negociación y estábamos a punto de firmar un convenio. Esto no lo esperábamos, aunque no es la primera vez. Ya lo hicieron en 1985, 1993 y 2000; muchos de los despidos se efectuaron bajo la batuta del actual ministro de Industria, Roberto Kreimerman", agregó Pagano. El dirigente dijo que todos los despedidos están afiliados al sindicato, lo que en su opinión supone "una prueba más de que se trata de un ataque a la organización".

Las fuentes de la empresa aseguran que esa instancia de negociación nunca existió ya que los trabajadores rechazaron su oferta de un 9% de aumento salarial.

La UTP afirma que los despidos no responden a las reducciones ya que hubo 73 despidos de funcionarios efectivos, pero Paycueros mantiene otros 172 con contratos a término.

Dirigentes sindicales y representantes de la empresa se reunieron el viernes con la Dirección Nacional de Trabajo. Mañana Paycueros deberá responder si retoma a empleados.

La situación será tratada en Cámara de Diputados esta semana, mientras la UTP ultima detalles de medidas a tomar con la Unión de Obreros Curtidores, previendo que el conflicto pueda extenderse.
La cifra

138 Son los trabajadores que fueron enviados a seguro de paro a fines de junio; de ellos, 73 fueron luego despedidos por Paycueros.
El País Digital

sábado, 3 de julio de 2010

LAUDO DE CHACINADOS

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo,
VISTO: Los acuerdos logrados por los Consejos de Salarios instituidos por Decreto N° 178/985 de 10 de mayo de 1985 e integrados por Decreto N° 574/985 del 24 de octubre de 1985.
RESULTANDO: I) Que en merito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los Delegados Sectoriales.
II) Que no obstante lo señalado en el Resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados.
III) Que en el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo N° “Industria de la Carne”, Sub-Grupo “Industria del Chacinado” se logro el acuerdo que fue escrito en actas 6, 12 y 19 de diciembre de 1985.
Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la aplicación de la ley 10.449 de 12 de noviembre de 1943 podría dar lugar a cuestionamientos de orden legal.
II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociaciones es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el Decreto Ley N° 14.791 de 8 de junio de 1978.
ATENTO: A los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el Decreto – Ley N° 14.791 y Decreto Reglamentario N° 371/978 de 30 de junio de 1978.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
ARTICULO 1°: Establecense con carácter nacional para los trabajadores comprendidos en el Grupo N° 9 “Industria de la Carne”, Sub – grupo “Industria del Chacinado”, las siguientes categorías, puestos de trabajo y retribuciones mínimas, con vigencia desde el 1° de octubre de 1985 hasta el 31 de enero de 1986;
I) CATEGORIAS Y PUESTOS DE TRABAJO
A) LINEA DE PRODUCCION
Categoría I
Es la persona que realiza tareas para las cuales solo se requiere capacidad física, sin que para ello necesite aprendizaje especial. Son tareas de esta categoría: Cargar, descargar y trasladar materia prima (jamones, paletas, pancetas, grasa, gordura, carne, harina, fécula y demás condimentos en sus distintos envases etc.); materiales (cajas, cajones, boneles, bolsas, moldes, vacios o llenos, útiles de trabajo etc.) y mercadería en general (productos terminados y en elaboración) en, desde, hacia vehículos, maquinas, hornos, estufas, secaderos, depósitos, cámaras, salones, etc.).
Etiquetar, rotular y precintar mercadería en general.
Embolsar sin clasificar materias primas y mercaderías en general.
Colgar y abrir: materias primas y productos terminados, línea seca y resto de línea fresca en elaboración, respecto a lo establecido en categoría II;
Lavado y limpieza en general.
Categoría II
Es la persona que por sus conocimientos y practicas adquiridos en la industria, realiza tareas que no están al alcance de la categoría I), como ser:
- Hombrear suinos o vacunos, con o sin riel.
- Lavado de maquinas y sus piezas.
- Desmoldar piezas.
- Reprensado manual de piezas ya acondicionadas.
- Clasificar y embolsar materias primas y mercaderías en general.
- Manejar maquina de: Montacargas, espuelas, moledora de hielo, aserrín, hamburguesas, túnel de contracción de calor, guillotina, picadora de dados, vacio de campana, picadora de gusano, licuadora, amasadora o mezcladora.
- Limpiar roldanas.
- Colgar y abrir productos en elaboración: a) atar puntas de frankfruters en frankamatic; b) colgar y abrir frankfruters y línea de productos de tipo alemán: mortadela, lionesa, gracoski, húngaras, morcillón y queso de cerdo.
- Ayudante de salazón y de camarero, realizando este todas las tareas de camarero excepto las de control.
- Pensar distintos elementos en base a indicaciones.
Categoría III
- Pasar tripas, salarlas, y acondicionarlas.
- Atado de facturas frescas como ser: salchicha común y suiza, butifarras, morcillas, mortadela, morcillón, queso de cerdo, lionesa, pate (excepto chorizo ruso y criollitos).
- Cuchillo sacar patas y brazuelos, unto, colas, orejas, papadas, limpiar o sacar carne de cabezas cocidas, limpiar lomos, cortar dados para quesos y cabezas rellenas, sacar hueso de bondiola, limpiar carne para hacer boneles, desosar espinazos.
- Manejar maquinas de: sierra eléctrica, sierra sinfín, prensadora neumática, clipeadora neumática, cortadora de fiambre de sección vacio, peladora de frankfruters.
- Control de temperatura de molde, cambio de folio y control del mismo en maquina de vacio automática
- Camarero (cámara de congelado). Realiza las siguientes tareas: a) descógela las cámaras; b)recibe materias primas , mercaderías y productos en elaboración para congelar; c) clasifica materias primas para su traslado desde cámaras, realiza estiba limpieza en general, dentro de la cámara; controla ingreso y salida de los distintos productos.

Categoría IV.
-Atado de facturas secas en general (lomo ahumado, longaniza bondiola, pipas, salamines, chacareros, finceta, etc.); facturas frescas, como ser: chorizo ruso, criollitos y/o pildoritas, húngaras, frankfruters a mano, capocuelos, chorizo parrillero, vascos extras o puro cerdo.
- Cuchillo; deshuesar, descuerear, y rebajar todos los cortes del suino (levantar cueros de jamones y paletas, rebajar jamones y paletas, etc.); recortar tocinos pancetas, bondiola lomo canadiense, mondar carne mondar fino.
- Manejar maquinas: embutidora, frankamatic, estiradora, clipeadora automática, recuperadora de carne, descueradora, balanza electrónica, vacio automática y cutte sin finalización del producto.
-Inyectadora con salazón en seco y por inyección
- Ayudante de facturero: operario que desarrolla tareas selectivas y de pesaje de materia prima para la manufactura de distintos productos y trabaja permanentemente en una o varias de las siguientes maquinas: guillotina, picadora de gusano, amasadora, licuadora y cutte.
En el manejo cutter solo le compete el picado de carne, gordura y emulsion, no teniendo que ser finalista en la factura. el armado y desarmado de dichas máquinas será de competencia del ayudante del facturero y en caso de no haber el mismo lo hará el propio facturero. Realizara con total precisión los pesajes adecuados los porcentajes de cada elemento componentes, según el producto a manufacturar, en base a sus propios conocimientos;
-Tripero completo, Realiza tareas de desorillar, virar desarrar, rasquetear, clasificar, calibrar, salar, acondicionar, hacer madejas de tripas vacunas, ovinas y suinas;
-Moldear paleta sandwichera, fiambres, y otros;
Categoría v;
- Atar: salame milán, lomo canadiense, jamón crudo y jamonetas;
- Cuchillo: deshuesar vacunos, despostar suinos, seleccionar y cortar jamones crudos y jamonetas, retocar jamones y paletas;
- Moldear jamones y paletas;
- Conocimiento y ahumado en general, en hornos autoclaves, tachos estufas, etc.;
B) SECCION CONSERVAS
Categoría I
- Es aplicable a esta categoría, la definición de Categoría I) del literal A) línea de producción;
Categoría II
- Llenar, tapar y acondicionar latas para su esterilización;
- Lavado y acondicionado de las mismas;
- Control de calidad.
Categoría III
- Pesa y remacha latas de menor tamaño (pate);
- Controla temperatura de horno Exhauter.
Categoría IV
- Remacha latas de mayor tamaño (viena, pastas, mondongo, cazuela, etc.).
- Cocina carnes y menudencias (precocido y prepara las mismas para su elaboración).
Categoría V
- Autoclave (conocimiento de las latas)
C) DESPACHO
Categoría I
- Es aplicable a esta categoría, la definición de la Categoría I) del literal A), línea de producción, realizando además el aprendizaje de todas las tareas o actividades, de los movimientos del despacho;
Categoría II
- Apronta pedidos de mercaderías para su posterior pesaje;
- Apronta encomiendas;
- Recepciona pedidos.
Categoría III
- Atiende fiambrería directo al público, facturando las boletas de venta;
- Responsable de encomiendas.
Categoría IV
- Pesador de mercaderías en general;
- Chofer repartidor.
Categoría V
- Chofer repartidor con cobranza de dinero.
D) SERVICIOS
Categoría II
- Sereno de vigilancia;
- Cocinero de personal.
E) ADMINISTRACION
Tenedor de libros o analista contable;
Es el encargado de poner en práctica los lineamientos que en materia contable determina la empresa. Ejecuta registraciones contables de nivel superior. Prepara informes financieros y contables. Realiza habitualmente una o varias de las siguientes tareas.
- Balance para la empresa, bancos y otros organismos.
- Asientos de nivel superior en libro diario. Revaluaciones, previsiones, contabilización de ventas de A.
Fijo:
- Registraciones tipos, como asientos de apertura, de costos, de sueldos, de ventas, de seguros, de cierre.
- Contabilización de importaciones y exportaciones.
- Confección de declaraciones juradas de IVA.
- Control de caja (excluyendo arqueo).
- Estadísticas.
- Controla la imputación, codificación y registración de todos los movimientos contables, conciliaciones y sus respectivos ajustes.
- Determinación de costos.
AUXILIAR PRIMERO
Realiza funciones inmediatas a la del Tenedor de libros con quien trabaja en estrecha colaboración, poseyendo sólidos conocimientos contables. Realiza habitualmente una o varias de las siguientes tareas:
Conciliaciones de cuentas de mayor y sus ajustes correspondientes.
Revisación e imputación de comprobantes usuales de operativa diaria.
Liquidación de sueldos y jornales.
Control, codificación y clasificación de proveedores por compras, servicios y haciendas.
Preparación del legajo completo de pago con documentación respaldante de los proveedores.
Facturador de ventas diarias.
Asiento, ajustes, control e información de deudores morosos.
AUXILIAR SEGUNDO
Es el funcionario que sin poseer el grado de conocimiento del auxiliar de primera, sujeto al contralor del superior, realiza habitualmente una o varias de las siguientes tareas:
- Registración y conciliación de cuentas corrientes (de deudores, acreedores y bancarias).
- Ordenamiento y preparación de comprobantes para su contabilización.
- Colaboración en la confección de estadísticas.
- Confección de planillas (Sato, Planillas de Trabajo, etc.)
- Control numérico de valuación de inventario.
- Realización de tareas contables en general, de personal, de almacenes, etc., a solicitud de su superior.
-Ordenamiento, preparación y cálculo de información relativa al personal.
- Redacción y elaboración de correspondencia.
- Manejo de Télex.
- Registración de asientos contables rutinarios y repetitivos.
AUXILIAR TERCERO
Realiza tareas administrativas de menor importancia y responsabilidad que los anteriores, complementando generalmente las tareas de aquellos. Desempeña habitualmente uno o varios de los siguientes trabajos:
- Calculo de horas trabajadas y determinación de los jornales variables, para posterior cálculo de la licencia, sin liquidación de la misma.
- Confección de distintos formularios a DISSE, DAFA, Seguro de Desempleo y similares, recabando la información necesaria y bajo indicación de un superior.
- Importaciones y Exportaciones: realiza trámites simples y ordena documentación.
- Dactilografía: copiado de correspondencia en general y su archivo.
- Pasaje y control del libro de remitos.
- Preparación y suministro de información de primera: entrada a CNS, Bromatología, INAC y similares.
- Controla entrada y salida de información procesada en el centro de cómputos (punteo) o en los libros manuales auxiliares.
- Prepara informaciones mensuales para la Dirección referente a jornadas y horas trabajadas y a remuneraciones percibidas.
MERITORIO
Realiza tareas administrativas menores, dactilografía, ordena documentos prepara distintos listados y otras tareas equivalentes como ser:
- Pasaje del libro copiativo. Manejo de archivos.
- Control de vencimientos de carne de salud.
- Trabajos simples de dactilografía.
- Resumen de kilos de producción de los distintos sectores de fábrica.
- Confección depósitos bancarios con indicación superior de cheques cruzados y/o a la orden.
- Control numérico de facturas y boletas contado.
- Informe periódico de compras realizadas por determinados clientes que se le indiquen.
CAJERO
Es el responsable del manejo físico de los fondos y de la registración de las transacciones, para ello realiza
- Cobranzas de ventas al contado y a crédito.
- Confecciona planillas diarias de caja.
- Maneja y custodia valores.
- Realiza arqueos de caja diarios.
- Puede emitir chequeos y realizar pagos a proveedores.
COBRADOR.
Tiene a su cargo la realización de cobranza que por ventas se realiza a mayoristas y minoristas, visitándolos en el momento adecuado.
VENDEDOR.
Es aquel que representa a la empresa y en consecuencia vende sus artículos o productos dentro de un radio territorial determinado, pudiendo o no realizar la entrega de las mismas.
PROMOTOR.
Es el encargado de incentivar las ventas de la empresa mediante la promoción de los productos de la misma, ya sea en el local de fábrica o en los locales comerciales.
TELEFONISTA – RECEPCIONISTA.
Realiza las siguientes tareas:
- Recepción y emisión de llamadas telefónicas.
- Atención de personas que lleguen a la empresa.
- Trabajos de dactilografía.
F) CENTRO DE COMPUTOS:
Responsable técnico.
Es el funcionario técnico que realiza tareas de primer nivel dentro del centro, determina la prioridad de las tareas a realizar, define rutinas de trabajo, realiza relevamientos para ampliación o corrección de los sistemas de procesamiento y es el nexo de unión entre la dirección y el propio centro.
PROGRAMADOR.
Es el funcionario que realiza tareas de programación.
OPERADOR.
Es el funcionario que realiza tareas de operación del sistema.
DIGITADOR.
Es el funcionario que realiza tareas de digitación.
ADMINISTRACION DEL EQUIPO.
Estas tareas serán ejercidas por aquel funcionario de mayor categoría dentro del centro de computación.
G) MANTENIMIENTO.
Electro – mecánico.
Es el operario que dentro de su especialidad realiza con total eficiencia múltiples actividades, donde es capaz por sí solo de analizar y resolver todo tipo de problema “electro-mecánico” que se presente en cualquier modelo de máquina de producción del chacinado.
Sus tareas son:
1) Interpretar planos con circuitos eléctricos de todo tipo.
2) Realizar el análisis, reparación y adaptación de elementos eléctricos de común utilización en maquinas industriales tales como: Relais, contractores térmicos, timers, transformadores, Swichs de seguridad, motores eléctricos, tableros de alimentación de corriente y otras instalaciones relacionadas con las maquinas.
3) Interpretar planos técnicos a nivel mecánico, hidráulico y neumático.
4) Realizar el análisis, reparación, ajustes y adaptación de elementos mecánicos, hidráulicos y neumáticos en maquinas.
5) Poseerá conocimientos y/o experiencia en maquinas y herramientas tales como: torno, cepillo, rectificadora, taladro, amoladora, etc., lo cual favorecerá para sus distintas determinaciones en cuanto a reparar, construir, modificar diversas piezas o partes de las maquinas.
6) Deberá mantener una permanente vigilancia sobre el stock y consumo de repuestos importados para realizar los pedidos con la suficiente anticipación.
7) Deberá llevar una ficha de cada máquina anotando todas las intervenciones que se realicen, ya sea por fallas – mantenimiento – mejoras, etc.
Mecánico de primera.
Le corresponde las tareas, 3, 4, 5, 6, y 7 de la categoría electro mecánico. Si en la empresa existe electro – mecánico, deberá consultarlo en toda intervención sobre maquina.
Mecánico de segunda.
- Interpreta planos técnicos a nivel mecánico.
- Realiza análisis – reparación – adaptación de elementos mecánicos en maquinas industriales.
- Realiza los puntos 5, 6, y 7 de la categoría electro – mecánico.
Aprendiz de mecánico.
Es el que tiene vocación para el oficio, realiza intervenciones sobre maquinas bajo vigilancia y control de sus supervisores.
- Realiza limpieza de maquinas.
- Realiza engrase y lubricación periódicamente de acuerdo al plan de mantenimiento.
Electricista de primera.
-Analiza y resuelve todos los problemas eléctricos que se presente.
-Realiza análisis, reparaciones, adaptaciones de los elementos de común utilización, tales como llaves de corrientes, llaves térmicas, contactores, térmicas, instalaciones lumínicas, tableros de alimentación de corriente, motores eléctricos.
-Interpreta planos eléctricos de maquinas de chacinado.
-Realiza análisis, reparaciones, adaptación de elementos eléctricos de común utilización en maquinas industriales tales como: Relais, contactores, térmicos, timers, transformadores, Swichs de seguridad, motores eléctricos, tableros y otras instalaciones relacionadas con las maquinas.
-Realiza instalaciones eléctricas.
-Realiza los puntos 6 y 7 de la categoría de electromecánicos.
-Si en la empresa existe electromecánico, deberá consultarlo en toda intervención sobre maquinas.
Electricista de segunda.
-Analiza, repara, adapta los elementos de común utilización tales como: llaves de corte, llaves térmicas, contactores, térmicos, instalaciones lumínicas, tableros de alimentación de corriente, motores electrónicos.
- Realiza tendido de líneas.
Aprendiz de electricista.
- Solo se requiere que posea vocación por el oficio.
- Trabajara en todas las intervenciones de sus superiores bajo su control de vigilancia.
Herrero cañista de primera.
Es el operario que realiza con total eficiencia la actividad relacionada con los trabajos de instalaciones de vapor-agua y aire. Deberá poseer total dominio en el tendido de cañerías, colocaciones y adaptaciones de elementos, termómetros, separadores, trampas, válvulas solenoides, llaves de paso, by pass, etc.
Tendrá a su cargo las múltiples reparaciones, construcciones y/o adaptaciones de distintos elementos de uso permanente en la actividad de fábrica, tales como: carros de todo tipo y tamaño de transporte de diversas mercerías, estanterías de estibas de cámara de frio, gancheras, mesas de todo tamaño para los trabajos diversos de planta, bandejas, y parrillas en general, puertas, portones, ventanas, cortinas metálicas, escaleras metálicas, etc.
- Como condición muy importante para desempeñar este cargo, deberá poseer total dominio en la técnica de la soldadura tanto autógena como eléctrica y argón.
Foguista
Es el operario que posee el titulo de foguista expedido por el Estado y que por tanto se ha ce cargo del cuidado, control, limpieza, pequeñas reparaciones, etc., o de la caldera de vapor.
- Alimenta caldera a leña.
- Solicita y recepciona combustibles.
Maquinista ajustador de frio.
Es el operario que por sí solo analiza fallas, desmonta repara, vuelve a montar, controla el buen funcionamiento de todos los elementos componentes de la instalación de frio tales como: compresores, condensadores, evaporadores, recibidores, manómetros, presos tatos, niveles de aceite y amoniaco, bombas, termómetros, etc.
Da frio, controla temperatura y humedad de cámara, secadores, -salones-distribución de frio- limpia condensadores-carga amoniaco-freón, etc.
Poseerá conocimiento y/o experiencia en maquinas herramientas, tales como: torno, cepillo, rectificada, taladro, amoladora, etc. Lo cual se favorecerá para sus distintas determinaciones en cuanto a reparar, construir, modificar, diversas piezas o partes de las maquinas.
Deberá mantener una permanente vigilancia sobre el stock y consumo de repuestos importados para realizar los pedidos con la suficiente anticipación.
Deberá llevar una ficha de máquina, anotando todas las intervenciones que se realicen, ya sea por fallas, mantenimiento, mejoras, etc.
Maquinista de frio.
Controla el buen funcionamiento de los elementos-componentes tales como: compresores, condensadores, evaporadores, recibidores, manómetros, presos tatos, niveles de aceite y amoniaco, bombas, termómetros etc. .
Se hace cargo de pequeñas reparaciones
Engrasa, lubrica y mantiene la limpieza de las maquinas de frio
Da frio y controla la temperatura y humedad de cámaras secaderos, salones-distribución de frio-Limpia condensadores- carga amoniaco o freón etc.
Aprendiz de maquinista.
Realiza las mismas tareas que el anterior bajo su control y vigilancia.
Albañil.
Coloca azulejos, levanta paredes, revoca, da impermeabilizante y otras tareas del oficio.
Pintor
Pinta los distintos útiles y maquinas, paredes, techos, etc.
II) RETRIBUCIONES MINIMAS.
A) PRODUCCION, CONSERVAS, DESPACHOS, Y SERVICIOS.
CATEGORIA 1 N$ 61,00 por hora
CATEGORIA 2 N$ 68,00 por hora
CATEGORIA 3 N$ 77,00 por hora
CATEGORIA 4 N$ 85,00 por hora
CATEGORIA 5 N$ 95,00 por hora
Adobador N$ 105,00 por hora
Facturero N$ 105,00 por hora
B) MANTENIMIENTO
Electromecánico N$ 145,00 por hora
Mecánico de Primera N$ 120,00 por hora
Mecánico de Segunda N$ 95,00 por hora
Aprendiz de Mecánico N$ 65,00 por hora
Electricista de Primera N$ 102,00 por hora
Electricista de Segunda N$ 85,00 por hora
Aprendiz de Electricista N$ 65,00 por hora
Herrero cañista de Primera N$ 120,00 por hora
Foguista N$ 100,00 por hora
Maquinista ajustador de frio N$ 145,00 por hora
Maquinista de frio N$ 100,00 por hora
Aprendiz de maquinista de frio N$ 70,00 por hora
Albañil N$ 75,00 por hora
Pintor N$ 65,00 por hora
C) ADMINISTRACION
Analista N$ 29.000 por mes
Auxiliar Primero N$ 23.500 por mes
Auxiliar Segundo N$ 19.000 por mes
Auxiliar Tercero N$ 15.500 por mes
Meritorio N$ 12.000 por mes
Cajero N$ 24.000 por mes
Cobrador N$ 17.000 por mes
Vendedor N$ 19.000 por mes
Vendedor comisionista mínimo
Asegurado N$ 19.000 por mes
Promotor N$ 10.000 por mes
Telefonista N$ 12.000 por mes
D) COMPUTACION
Responsable técnico N$ 29.000 por mes
Programador N$ 25.000 por mes
Operador N$ 23.000 por mes
Digitador N$ 17.000 por mes
ARTICULO 2°: El personal no incluido en la categorización realizada en el presente decreto, en los sectores antes mencionados, percibirán un 20% de aumento sobre los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1985.
ARTICULO 3°: Todos los trabajadores que no recibieran aumentos salariales por percibir al 30 de setiembre de 1985 remuneraciones superiores a los mínimos por categorías decretadas, recibirán un aumento salarial del 18%.
ARTICULO 4°: Ningún trabajador percibirá como consecuencia de la categorización un aumento al 18% sobre los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1985.
ARTICULO 5°: Establecese con carácter nacional los siguientes beneficios.
a) El camarero y ayudante de camarero, de cada 45 minutos que trabajan en forma continua con los forzadores apagados dentro de las cámaras, le corresponderá un descanso de 15 minutos.
b) Jornada frustrada: En el caso de que se realicen jornadas de trabajo inferiores a cuatro horas, se deberá abonar a los operarios el jornal correspondiente a la media jornada como si efectivamente la hubiese trabajado; las jornadas superiores a cuatro horas se abonaran con arreglo a las realmente laboradas.
c) Se efectuara entrega al personal en forma anual y gratuita de: dos pantalones, dos camisolas, dos gorros, un delantal, dos pares de botas para el personal de conocimiento y para los operarios de categoría I y II en donde se denoten un desgaste prematuro por la realización especifica de sus tareas y un par de botas para operarios incluidos en las categorías 3, 4, y 5.
El personal de reparto deberá disponer de capa de lluvia la que deberá permanecer en la empresa.
Al personal de cámara de congelado se le complementa además con guantes y dos camisas de abrigo de tela gruesa, de lana o similar, al tomar posesión del cargo, renovándose de a una por año.
Al personal administrativo se le proporcionara una túnica por año.
ARTICULO 6°: Establecese con carácter nacional las siguientes disposiciones generales:
1) Las retribuciones mensuales para el sector administrativo fijadas por este decreto corresponden a jornadas de 8 horas diarias con un máximo de 44 horas por semana, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
2) Las horas extras se abonaran a tiempo y medio y se generaran al exceder el máximo previsto para cada jornada: 8 horas diarias trabajadas con un máximo de 48 horas semanales para la parte industrial y 8 horas diarias trabajadas con un máximo de 44 horas semanales para la parte administrativa de a las disposiciones legales vigentes.
3) Los feriados nacionales decretados no laborables o a decretarse, de acuerdo al régimen legal vigente y el domingo que se trabajare, se abonara con doble jornal.
4) El personal remunerado por hora por el presente decreto que sea retribuido con sueldo mensual, podrá seguir percibiendo sus haberes en igual forma, calculándose su sueldo sobre la suma de 25 jornales de 8 horas concordes a su categoría, de acuerdo a los montos establecidos en el presente decreto para cada una de ellas.
5) El trabajador que desempeñe en forma permanente una sola de las tareas de cualesquiera de las categorías decretadas, adquiera la misma.
6) Establecese que lo percibido por horas extras por los trabajadores y empleados deberá computarse a los efectos del cálculo del jornal de licencia y del salario vacacional cuando aquellas se realicen con regularidad y habitualidad de acuerdo a la resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 10 de abril de 1985.
7) En cuanto al descanso se estará a lo dispuesto en la reglamentación vigente en la materia.
8) En caso de que un operario desempeñe transitoriamente una tarea retribuida con remuneración menor a la suya, deberá abonársele el salario correspondiente al de su categoría propia; si su traslado se produjera a tarea recompensada con mayor remuneración, percibirá por todo el tiempo de su desempeño el jornal asignado a la misma, y si su traslado se produjera a tareas de igual remuneración no existiría modificación salarial.
9) No es obligación de las cubrir todos los puestos de trabajo o categorías determinadas en este decreto, pudiendo optar por formas organizativas en las que prescinda de alguno o alguna de ellas.
10) En el caso del operario que desempeña funciones remuneradas con una retribución mayor a la suya, durante un periodo mayor a los tres meses, será ascendido a dicha categoría excepto en el caso de suplencias por cualquier índole.
ARTICULO 7°: Se establece un plazo máximo de 15 dias a partir del 19 de diciembre de 1985 para que se realicen las adaptaciones necesarias y se asignen las tareas para aplicar en forma definitiva las categorías previstas en el presente decreto.
ARTICULO 8°: Se establece un plazo máximo para la reliquidacion resultante de la categorización y del aumento salarial que no podrá exceder del 28 de diciembre de 1985, correspondiente a los meses de octubre y noviembre de 1985.
ARTICULO 9°: Establecese que los precios de los bienes y/o servicios de la actividad privada no podrán ser incrementados en más del 18% de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente decreto.
ARTICULO 10°: Durante el periodo comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías bienes o servicios de las empresas que integran el Grupo Salarial.
ARTICULO 11°: Comuníquese, publíquese, etc..